Esta semana se ha encargado de responder a las preguntas Fernando Maján, asesor de la Subdirección General de Prestaciones del SEPE, quien se ha referido a las siguientes dudas:
- ¿Si cobro el subsidio para mayores de 52 años y percibo un importe superior o inferior a 888 €, debo comunicarlo al SEPE y en qué plazo?
- ¿Cómo puedo reactivar el subsidio para mayores de 52 años al cumplir 65 si no tengo suficientes años cotizados y qué documentación debo aportar?
- ¿Por qué, teniendo una resolución judicial favorable del 15/12/25 sobre el subsidio para mayores de 55 años, aún no he cobrado nada a fecha 20/01/26?
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